La
Aduana General de la República de Cuba
ha implementado un Procedimiento Automatizado para la
Determinación del Precio para la Valoración
en Aduana de los artículos que importan los pasajeros
seleccionados por la Aduana. Dicho procedimiento está
sustentado por la instalación de básculas
(pesas) automáticas en las terminales aeroportuarias.
El procedimiento consiste en calcular el peso
de las piezas de su equipaje, incluyendo el de
mano, para lo cual la Aduana de la República de
Cuba establece que todo pasajero puede traer consigo,
en su equipaje de mano y facturado:
a) Hasta 25 kilogramos de Misceláneas,
libres del pago de los derechos de Aduanas. Se
consideran misceláneas el calzado, confecciones,
alimentos, artículos de aseo personal y del hogar,
bisutería, lencería y similares.
b)
Hasta 5 Kilogramos de Misceláneas como importación
libres del pago de los derechos de aduanas.
c)
Hasta 10 kilogramos de medicamentos, libres de pago de
derechos de aduana, a condición de que
los traiga en bulto separado del resto de los artículos
y en sus envases originales.
d)
Hasta 20 kilogramos de Misceláneas como importación
para su uso o de su familia por los que debe pagar derechos
de aduanas a un precio de 10 Pesos Convertibles
por cada kilogramo.
Dentro
del limite de estos últimos 20 kilogramos, se incluyen
además los equipos electrodomésticos duraderos,
así como sus partes y piezas.
En resumen, podrá llevar libre de derechos
de aduanas hasta 30 kilogramos de misceláneas y
10 de medicamentos, pagando 10 Pesos convertibles por
cada kilogramo adicional.
ES IMPORTANTE QUE:
Usted
contribuya a la rapidez del despacho de su equipaje ajustándose
al límite del valor autorizado a importar. No trayendo
consigo artículos de importación prohibida
o que necesite licencias para su entrada al país.
Los
funcionarios de la Aduana están identificados con
el emblema de la Aduana Cubana en su uniforme (manga izquierda)
y llevan una credencial con su foto, nombre y apellidos
y numero individual. Ellos son los que podrán ayudarle
en caso de que lo necesite.
Usted
solo deberá pagar en la Aduana, los derechos y
servicios que procedan, exigiendo al cajero, en el momento
de pago, el comprobante para cerciorarse de que lo pagado
se corresponde con el importe del mismo.